Condiciones de Aprobación de la Unidad Curricular

Artículo 18:

  Se considera aprobada la unidad curricular, cuando el estudiante haya cumplido al menos, las siguientes condiciones:

1. Haber obtenido la calificación mínima de doce (12) puntos.

2. Haber asistido como mínimo a un setenta y cinco por ciento (75%) de las horas presenciales de la unidad curricular.

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